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25 estados demandan a EE. UU. por sus aranceles: qué debería hacer tu empresa ahora

Foto del escritor: Rocio Natali Gonzalez
Rocio Natali Gonzalez
9 ago
5 min de lectura

Actualizado: 5 oct

La demanda puede modificar el futuro de determinados derechos y abrir la posibilidad de recuperar importes ya pagados. Pero, mientras no exista una decisión judicial, los aranceles siguen vigentes y deben seguir gestionándose.


Hace una semana analizábamos los nuevos aranceles estadounidenses como un marco operativo con el que las empresas tendrían que aprender a trabajar. Hoy hay que introducir un matiz importante: ese marco acaba de ser impugnado desde dentro de Estados Unidos.


El 4 de agosto de 2026, una coalición de 25 estados presentó una demanda ante el Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos contra los aranceles aplicados por la Administración a las importaciones procedentes de numerosas economías. La acción cuestiona tanto la base jurídica de las medidas como su relación con el objetivo declarado de combatir el trabajo forzoso.


Para una empresa, lo importante no es intentar adivinar ahora qué decidirá el tribunal. Lo importante es entender qué cambia, qué no cambia y qué conviene hacer mientras el proceso sigue abierto.


La demanda no suspende los aranceles


Este es el primer punto que conviene dejar claro: la presentación de la demanda no elimina los aranceles ni suspende automáticamente su cobro.


Mientras no exista una resolución judicial que ordene otra cosa, las importaciones siguen sujetas a las medidas vigentes. Por tanto, las empresas deben continuar clasificando sus productos, declarando correctamente la mercancía y pagando los derechos que correspondan.


La incertidumbre afecta al futuro jurídico de los aranceles, no a la obligación operativa de cumplir hoy.


Qué están cuestionando los estados


La coalición sostiene que la Administración ha utilizado la Sección 301 para reconstruir unos aranceles que anteriormente habían sido cuestionados bajo otra base legal. Según los demandantes, la justificación vinculada al trabajo forzoso no demostraría una relación suficiente entre los tipos aplicados y la situación concreta de cada economía afectada.


El tribunal tendrá que analizar, entre otras cuestiones, si la Administración tenía autoridad para imponer estas medidas, si siguió el procedimiento adecuado y si existe una conexión jurídica suficiente entre el fundamento utilizado y los aranceles aplicados.


Este proceso puede durar meses. También puede generar decisiones intermedias antes de una sentencia definitiva.


Qué significa para tu empresa


Si tu empresa exporta a Estados Unidos, el arancel actual sigue siendo un coste operativo. Pero su posible anulación introduce una segunda dimensión: la gestión de los importes ya pagados y de la documentación que podría ser necesaria para solicitar una devolución, si finalmente el tribunal la ordena.


Aquí es importante distinguir entre tres situaciones:

  • La empresa que aparece como importador oficial ante la aduana estadounidense.

  • La empresa exportadora que soporta económicamente el arancel porque lo asumió mediante el precio o el contrato.

  • El cliente estadounidense que efectivamente pagó el derecho al despachar la mercancía.


No siempre coinciden. Por eso, antes de hablar de una posible devolución, hay que identificar quién figura como importer of record, quién realizó el pago y qué procedimiento establecerían las autoridades estadounidenses en caso de una resolución favorable.


Qué puede pasar


En términos empresariales, conviene prepararse para tres escenarios.


Los aranceles siguen vigentes

El tribunal puede rechazar la demanda o el proceso puede prolongarse. En ese caso, la empresa tendrá que continuar operando con el coste actual y revisar sus precios, márgenes y condiciones de venta.

Se limita o suspende la aplicación

Una resolución intermedia podría modificar la forma en que se aplican los aranceles hacia el futuro. El alcance dependería de la decisión concreta y de las instrucciones de las autoridades aduaneras.

Se anulan y se ordena devolver lo pagado

En ese caso, la recuperación no sería automática para cualquier empresa. Habría que acreditar las operaciones, los importes pagados, las fechas, las declaraciones aduaneras y la persona o entidad legitimada para reclamar.

Por eso, el momento de organizar la documentación es ahora, no cuando aparezca una sentencia.

La documentación puede tener valor

Si tu empresa está relacionada con importaciones afectadas por estos aranceles, conviene conservar y ordenar, como mínimo:


  • Declaraciones o resúmenes de entrada.

  • Número de cada operación aduanera.

  • Identidad del importer of record.

  • Fecha de entrada de la mercancía.

  • Clasificación arancelaria utilizada.

  • País de origen declarado.

  • Valor en aduana.

  • Importe exacto de cada derecho pagado.

  • Factura comercial y documentos de transporte.

  • Incoterm pactado con el cliente.

  • Contratos y comunicaciones sobre quién asumía el arancel.

  • Documentación del agente de aduanas o customs broker.


No se trata de reclamar hoy un importe que todavía no está reconocido. Se trata de evitar que, si se abre un procedimiento de devolución, tu empresa no pueda demostrar qué pagó y en qué operación


Qué debería hacer hoy un empresario


Mi recomendación sería trabajar en cinco pasos


  1. Identificar las operaciones afectadas. Revisa qué productos entraron en Estados Unidos y durante qué periodo estuvieron sujetos al arancel.

  2. Confirmar la clasificación. Una devolución sobre una declaración mal clasificada puede generar problemas adicionales. La posición arancelaria debe estar revisada y documentada.

  3. Separar coste legal y coste económico. Determina quién pagó formalmente el derecho y quién lo asumió realmente dentro de la cadena comercial.

  4. Crear un registro de pagos. No basta con guardar facturas generales. Conviene vincular cada importe con su declaración aduanera y su número de entrada.

  5. Revisar los contratos. Comprueba qué sucede si el arancel se modifica, se anula o se devuelve. Las cláusulas de revisión y reparto de costes pueden ser decisivas.


Una demanda también puede cambiar decisiones comerciales


El litigio no solo afecta a posibles devoluciones. También puede influir en la forma en que una empresa fija precios, negocia con sus clientes y decide si mantiene su exposición al mercado estadounidense.


Si una compañía está absorbiendo actualmente el arancel, quizá tenga sentido pactar una cláusula que permita revisar el precio si el coste cambia. Si el cliente estadounidense es quien lo paga, conviene dejar documentado cómo se trataría una eventual devolución.


Y si Estados Unidos representa una parte muy importante de tus ventas, este puede ser un buen momento para estudiar mercados alternativos. No porque haya que abandonar el país, sino porque depender de una sola estructura arancelaria aumenta el riesgo.


La incertidumbre también se gestiona


La demanda de los 25 estados no significa que los aranceles hayan desaparecido ni que las empresas puedan dejar de pagarlos. Significa que el marco jurídico está siendo cuestionado y que el futuro de los derechos aplicados todavía puede cambiar.


Por eso, la estrategia más sensata no es celebrar por anticipado ni resignarse sin revisar nada. Es continuar cumpliendo, documentar cada operación y preparar la empresa para los distintos escenarios.


Cuando el marco comercial cambia, las compañías que mejor reaccionan no son las que aciertan una predicción. Son las que tienen la información y los documentos necesarios para actuar cuando llega el momento.



Aranceles de EE. UU., ahora bajo revisión judicial.
Aranceles de EE. UU., ahora bajo revisión judicial.

Fuentes:

  • Office of the New York Attorney General — Attorney General James and Governor Hochul Announce Lawsuit Against Trump Administration to Stop Latest Round of Illegal Tariffs, 3 de agosto de 2026.

  • California Department of Justice — Attorney General Bonta Sues Trump Administration for a Third Time over Its Illegal Tariffs, 3 de agosto de 2026.

  • Office of the U.S. Trade Representative (USTR) — USTR Takes Action in Forced Labor Section 301 Investigations, 23 de julio de 2026.

  • Office of the U.S. Trade Representative (USTR) — Fact Sheet: Section 301 Action in Response to the Failure of 60 Economies to Ban Imports Produced with Forced Labor, 23 de julio de 2026.

  • Supreme Court of the United States — Learning Resources, Inc. v. Trump, sentencia de 20 de febrero de 2026.

 
 
 

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